¿Cómo podemos reclamar a los bancos las comisiones por descubierto?

En los tiempos que corren, es de lo más habitual encontrarse en ciertas ocasiones sin dinero en la cuenta cuando nos pasan los recibos.  Si cobramos el paro, este no aparece ingresado hasta el día 10 de cada mes o si trabajamos y tenemos nómina, puede ocurrir que no nos ingresen el dinero hasta el día 5. Sin embargo, los recibos no esperan y suelen cobrarse nada más empezar el mes. Por eso mismo es probable que nos encontremos con la desagradable situación de tener un descubierto en la cuenta, algo por lo que la gran mayoría hemos pasado o pasaremos. Esto no debiera tener mayor dificultad que la de ingresar el dinero necesario para cubrir lo que falta en la cuenta.

Cómo podemos reclamar a los bancos las comisiones por descubierto

En principio, solucionar el problema no debería ser complicado y de hecho no lo es. El problema llega cuando, además del dinero en números rojos, el banco nos carga automáticamente una comisión bancaria por este descubierto. Puede darse el caso de ir y hacer el ingreso a los pocos minutos u horas y ya tener  ese cargo emitido e incluso puede aparecer unos días después de regularizar nuestra situación. Teniendo en cuenta los cientos de miles de usuarios a los que les ocurre esto y que los importes oscilan entre 24 euros y 40 euros por cada descubierto, queda claro que supone unas ganancias elevadas para las entidades financieras.

¿Son procedentes las comisiones por descubierto?

Si nos acercamos a nuestra oficina para reclamar la devolución de esta comisión, nos encontraremos, como respuesta habitual que se trata de un cargo normal y autorizado el Banco de España. Aquí es donde debemos saber que, si bien es legal, también tienen que darse una serie de condiciones, como por ejemplo la comunicación fehaciente de la deuda adquirida para justificar esos gastos. Dicho esto, podemos optar por hablar con el director de la entidad, pero es probable que o no pueda o no quiera pronunciarse al respecto.

El siguiente paso es reclamar al SAC (Servicio de atención al cliente) de la entidad por escrito, expresando todo lo ocurrido y justificando nuestra solicitud de devolución de los cargos. A continuación podemos tomar la decisión de mandarlo por correo certificado, algo que nos costará dinero, o bien, presentando dos copias en cualquiera de las oficinas solicitando que lo envíen al SAC, teniendo que firmarnos y sellarnos ambas. A partir de aquí solo nos queda esperar a que nos contesten, y legalmente tienen de plazo como máximo 2 meses.  Si no existe una respuesta, o lo que nos dan no nos satisface, solo nos queda acudir al Banco de España y que ellos emitan su opinión al respecto.

Imagen – Flickr Populares Valecianos

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